COMUNICADO INSTITUCIONAL DEL IIRESODH RESPECTO DE LA SITUACIÓN EN VENEZUELA

08/01/2026

El Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), ha seguido de cerca los últimos acontecimientos en Venezuela respecto del operativo militar ejecutado por el Ejército de los Estados Unidos de América que culminó con la captura extraterritorial de Nicolás Maduro.

Este posicionamiento jurídico no implica, en modo alguno, una validación o un desconocimiento de la devastadora crisis de derechos humanos que padece el pueblo venezolano. IIRESODH comprende el sentimiento de justicia que una acción de captura evoca en las innumerables víctimas -con las cuales se solidariza-, y reitera su más firme e inequívoca condena a las violaciones sistemáticas y generalizadas de derechos humanos perpetradas por el régimen de Nicolás Maduro, lo cual ha sido objeto de denuncias previas por parte del IIRESODH ante distintos órganos internacionales de derechos humanos. Estos hechos, exhaustivamente documentados por la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU, han motivado una investigación formal por crímenes de lesa humanidad ante la Corte Penal Internacional (CPI). La persecución política, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales y el colapso deliberado de las condiciones de vida del pueblo venezolano son crímenes que demandan una justicia implacable y la rendición de cuentas de sus máximos responsables.

No obstante, cualquier acción de esta naturaleza, ejecutada al margen del derecho internacional, constituye una violación flagrante de los principios fundacionales de la Carta de las Naciones Unidas. Específicamente, contraviene la prohibición taxativa del uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado (Art. 2.4). Argumentar una supuesta legítima defensa (Art. 51) contra actividades como el narcotráfico para justificar una intervención militar es una interpretación expansiva y jurídicamente insostenible que desnaturaliza el concepto de “ataque armado”, y de todas maneras, la acción perpetrada no responde a los criterios de legalidad, legitimidad y proporcionalidad, entre los que rigen en casos de legítima defensa en el orden jurídico internacional.

La lucha contra la impunidad no puede librarse socavando los cimientos del propio ordenamiento jurídico que la sustenta. 

El aspecto más grave de estas acciones es el precedente de que cada Estado se arrogue el derecho de violar la soberanía ajena en función de sus propios intereses nacionales y justificaciones legales domésticas, lo cual provocaría que la arquitectura de la cooperación internacional, pacientemente construida desde 1945, colapsaría. Esto significaría una regresión desde un orden institucional, basado en el derecho y el multilateralismo, a un modelo puramente relacional, gobernado por la fuerza y los intereses de los Estados más poderosos.

Por todo lo anterior, IIRESODH hace un llamado urgente a todos los órganos multilaterales —incluyendo el Consejo de Seguridad y el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Secretaría General y el Consejo Permanente de la OEA, y la Unión Europea— para que, conforme a sus respectivos mandatos, redoblen sus esfuerzos y activen con decisión todos los mecanismos diplomáticos, jurídicos y políticos disponibles. El objetivo debe ser dual e indivisible: garantizar la protección inmediata de la vida y la integridad del pueblo venezolano y, simultáneamente, facilitar las condiciones para una transición pacífica hacia la democracia y el Estado de derecho, asegurando que los responsables de las atrocidades cometidas enfrenten la justicia a través de los procedimientos legalmente establecidos por la comunidad internacional, cumpliendo a rajatabla los pronunciamientos de los órganos internacionales de derechos humanos, incluyendo las sentencias emitidas por la Corte Interamericana.

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